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HEMOS TRAÍDO ESTAS NOTICIAS POR LO QUE PUEDE SER DE INTERESANTE PARA CIERTO SECTOR DEL COMERCIO TEXTIL
Os adjuntamos mediante enlace el artículo de prensa publicado en Cinco Días el día 18 de Julio en el que aparecen declaraciones de la CEC en relación al fin de los arrendamientos de renta antigua en locales comerciales previsto para 2014. Por la inquietud que pueda crearse hemos considerado oportuno traerlo a esta página.
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Una de las INQUIETUDES que mas nos preocupan es sin lugar a dudas la seguridad en nuestros comercios.
Se ha puesto en contacto con la Asociación una empresa dedicada a la Seguridad, la cual proporcionaría un nivel alto de especialización .
La Asociación sabiendo que es un tema que interesa al comerciante no ha dudado ni un momento en insertar un un vínculo con el dossier que nos ha sido enviado, los interesados pueden acceder a él donde se encontrará todos los elementos necesarios para contactar, si se considera oportuno o bien dirigirse a la Asociación para su puesta en contacto
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JOSÉ Mª
PERAL CASTAÑO - PRESIDENTE
Cuando nos juntamos los dirigentes de las Asociaciones no hablamos precisamente de la Liga de Fútbol o de otros temas, sino que HABLAMOS DE COMERCIO, y aunque llevamos unos temas para tratarlos, nos gustaría que os pusieseis en contacto con nosotros y nos planteaseis vuestras inquietudes, dejad a parte esos respetos humanos, que se pueden presentar, al pensar “seguro que no tiene ninguna importancia” puesto que “cualquier piedra puede hacer pared” y nos interesa que “esta pared sea sólida”.
Desde hace muchos años nos estamos quejando de la implantación de LAS GRANDES SUPERFICIES, y con cierta razón, porque merman al pequeño comercio, o mas bien yo diría al COMERCIO DE CIUDAD.
Si nos quejamos continuamente de esta situación , no vemos que en cierta forma, la vamos provocando poco a poco. Muchos pensarán que es una afirmación exagerada pero me permito la libertad de pedir que antes de “rasgarse las vestiduras” reflexionen un poco. ¿Cuantos comerciantes ven con buenos ojos que sus hijos proyecten hacia el futuro sus negocios? ¿Cuántos piensan que una carrera de otro signo puede ser más provechosa cara al futuro? ¿ Cuantos piensan que no existen ayudas suficientes al comercio para garantizar esta continuidad? ¿ cuantos piensan “yo prefiero que sea un/a... a que esté detrás de un mostrador”? ¿ Cuantos piensan, prefiero que esté sujeto a un sueldo y un horario determinado a que asuma el compromiso de llevar adelante un negocio?.
Estoy seguro que surgirán otras cuestiones que por no alargar más el tema, están en la mente de todos.
Consecuencias de esta temática, es sin duda que si el comercio no produce una continuidad y al mismo tiempo avanza creciendo con la creación de nuevas empresas, incluso ajenas a este RELEVO GENERACIONAL, en poco tiempo se iría limitando la oferta y........
¿Quién ocuparía ese espacio de demanda? Contestaros vosotros mismos........
Estas situaciones, sin provocarlas, están latentes y como el “pescador solo tiene que tener paciencia y esperar la picada”.
Produce una sensación rara el ver como comercios acreditados van desapareciendo por jubilación de sus dueños sin tener una prolongación en el servicio que estaban dando.
Se sabe que el ejercicio del comercio es una tarea en ocasiones difícil, imprevisible puesto que tienes que acertar los gustos de los demás, pero al final es un servicio que te proporciona muchas alegrías reflejadas en la satisfacción de los clientes, y también por que no decirlo, ganar el pan honrada y dignamente “a poder ser untadito de manteca” como expresa un dicho popular.
En ocasiones queremos que este RELEVO GENERACIONAL se produzca, pero ¡¡¡alto!!! siempre bajo nuestra supervisión y pensando que la experiencia es la panacea, no vamos a decir que no sea esta un valor positivo, nada más lejos de nuestra intención pero si ver con buenos ojos las iniciativas de la juventud que pueden aportar muchos y grandes valores. Recuerdo que el que escribe este artículo (con más de 30 años en el mundo del asociacionismo) participó en un curso para PRESIDENTES DE ASOCIACIONES, se preguntaba “creo que no me pueden enseñar nada que no sepa, pero... por curiosidad lo haremos” al volver las reflexiones eran totalmente distintas,¡¡¡cuanto había por aprender ... cuantas cosas no sabía y me han abierto los ojos a una experiencia positiva.
Pensemos que cuando la juventud en base a unos estudios, cursos, charlas o cualquier iniciativa de aprendizaje nos dicen que tenemos que acceder a una especialización de productos, cuando nos dicen una palabra tan rara como es que para la buena marcha tenemos que hacer un D.A.F.O. o simplemente que seria conveniente un estudio de mercado, no nos cerremos a estas iniciativas y pensemos que puede ser un gasto baldío o tonto, porque... su consecuencia puede repercutir en el avance de nuestro negocio.
El que tenga hijos que compruebe si alguno tiene tendencias a la continuación del negocio y si no, puede que algún familiar o amigo tenga esa vocación de servicio que es el comercio, nos va en ello LA SUPERVIVENCIA, porque como decía antes es cuestión de “hojitas de calendario” que si no se presenta oferta a la demanda, el que pueda hacerlo ... se lleva el gato al agua.
Debemos seguir haciendo valer nuestro slogan de COMERCIO DE TU CIUDAD ... somos muchos para ofrecerte MAS , ahora y en el futuro.

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JOSÉ Mª
PERAL CASTAÑO - PRESIDENTE
Si nació vivo y sano...tenemos que cuidarlo
Este artículo es de OPINIÓN y por lo tanto, se que tendrá voces a favor y también en contra, todas serán bajo mi punto de vista muy respetables .
En una familia normal el nacimiento de un hijo es un acontecimiento superior a cualquier otra experiencia, y ocupa uno de los lugares mas importantes en el “ranking” de nuestra vida. Siempre hablando del aspecto de normalidad, lo sensato es que dediquemos nuestra existencia a cuidarlo y hacer que sea algo provechoso para la SOCIEDAD.
Sentada esta premisa, se que muchos estarán pensando. ¿ Pero de que esta hablando un Presidente de una Asociación de Comerciantes y además Textil? ....
Bueno... alcemos el velo que lo cubre y sepamos cual es el mensaje que pretendo hacer llegar.
Hace escasos días se presentaron en Alicante los primeros merecedores del galardón a COMERCIO EXCELENTE DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, ¡ YA ESTA AHÍ ! nacida fuerte y sana la iniciativa de crear un comercio modélico, que sea ejemplo a todos los niveles de la magnificencia del comercio de ciudad.
Pero...¿nos hemos dado cuenta que si no lo cuidamos puede desaparecer o quedarse tan reducido que no llegue a lograr los fines para los que nació? ¿Puede llegar a ser como un distintivo más de pertenencia a un modo asociativo?
¿Puede crearse la causa efecto de que si otras empresas merecedoras del galardón no acceden a él por aspectos diversos, lleguen a desmerecerlo consiguiendo que por apatía se convierta, de un aliciente a una insignificancia, que no merece ser renovada?
Estos aspectos y otros muchos deben de ser cuidados si se pretende que EL SELLO DE CALIDAD EN EL COMERCIO se enraíce en el suelo de la COMUNIDAD y haga crecer un árbol grande y frondoso que se vea desde la lejanía como un símbolo de que el comercio valenciano tiene la máxima garantía contrastada.
En LA COMUNIDAD VALENCIANA, y lo digo por el COMERCIO TEXTIL DE ELCHE, hay muchas empresas acreedoras al galardón, y aunque no sean todas en una segunda etapa las que se incorporen, tenemos que tener un “rescoldo” que mantenga viva la llama para su ampliación en posteriores ediciones.
Todo esto se quedaría en una “palabrería” inútil si no ofrecemos una serie de soluciones que incentiven el proyecto.
Me surge una palabra que quizá por ser técnica muchas personas no la hayan oído nombrar, EL PARTENARIADO, en sí como yo la comprendo es la participación de varios entes en la realización de un proyecto, y así vemos que si el fin común es incentivar la promoción del comercio, que ofrezca las máximas garantías siendo marca y modelo de nuestros clientes, y por supuesto delante de otras comunidades, debemos estar implicados todos aquellos que deseamos lo mejor para nuestro comercio. No quiero dejarme en “el tintero” a nadie por lo que no nombraré a ninguno aunque si diré que comprende un gran abanico desde LA GENERALITAT VALENCIANA al último destinatario que es el consumidor. Unos haciendo fácil su integración y facilitando a las empresas el acceso al proyecto mediante subvenciones sin grandes requisitorias, otros con propaganda y promoción del proyecto que incentive tanto al comerciante, como al consumidor, en mantenerse en la línea de selección, que provoque por parte de los que no lo tienen el afán de superación para conseguirlo, otros blasonando con legítimo orgullo del galardón obtenido, otros facilitando los requisitos para obtenerlo en cuestión de documentación.
Con ímpetu pero con escaso tiempo y subvencionados se estableció su andadura y aun así más de cien comercios obtuvieron el galardón, perfectamente contrastado por las pruebas a que fueron sometidos. Con el nuevo año 2007 se promulgaron unas ayudas para su obtención hasta una cantidad determinada, pero ante un plazo de ejecución muy corto y de otro el papeleo a cumplimentar, no se cual habrá sido su aceptación.
De otra parte y aunque la cantidad no es muy gravosa se puede crear la pregunta ¿son reales los beneficios o es un pago más?.
Tenemos que hacer efectivo ese PARTENARIADO comprometiéndonos todos en facilitar al máximo su ejecución.
Termino como empecé SI NACIÓ VIVO Y SANO.... TENEMOS QUE CUIDARLO.
Aunque se que más de uno esbozará una sonrisa nos va mucho en supervivencia y legítima competencia del comercio urbano ¿o no?
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JOSÉ MARIA PERAL CASTAÑO
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN LOCAL DE COMERCIANTES TEXTILES DE ELCHE
Puedo estar equivocado, pero la definición que tengo de DAÑOS COLATERALES es que son las consecuencias negativas que se producen por efecto de otra causa que incluso puede no estar directamente relacionada.
Desde hace algún tiempo, vemos “no con buenos ojos” pero si con “las gafas de la permisibilidad” como otros entes, que su función especifica no es la comercial, sino otra bien distinta, aprovechan “parcelas” que corresponden al comercio, en su beneficio propio.
Dejo una pregunta en el aire “¿EL FIN JUSTIFICA LOS MEDIOS?, hay quien diría dejándonos con “los maxilares separados” NI SI , NI NO, SINO TODO LO CONTRARIO.
Quizá el ejemplo más típico nos lo encontramos en los regalos más variopintos que se ofrecen a cambio de la contratación de productos financieros, y está a la orden del día que por la imposición a plazo, por la contratación de un plan de jubilación o de pensiones, o como cualquier otro elemento de captación te ofrezcan como regalo, objetos que por ley natural podrías adquirir en establecimientos comerciales. Bien.....hasta aquí me pondría las citadas gafas de la permisibilidad, y podría comprender en cierto modo, porque en vez de ofrecer como
compensación, productos que le son propios como productos financieros, consideren más atractiva la oferta de enseres propios del comercio. En este caso (aunque soy de diferente opinión) esta ruta alternativa podría tener disculpas. He cogido este ejemplo como podría haber encontrado, otros muchos como la inclusión con la venta de coches, de los seguros, los regalos de electrodomésticos al comprar una casa o un lote de muebles etc...
Pero...........se ha llegado al extremo de ni siquiera ofrecerlos como compensación alternativa por acceder a un producto, sino simplemente aprovechando la red de sucursales, se procede a la venta directa de productos comerciales que no tienen nada que ver con su actividad empresarial, aunque se realicen las transacciones que le son propias al mismo tiempo.
Hay entidades crediticias o bancarias que dirían QUE SE ENCUENTRAN ASI MISMO EN UN AGRAVIO COMPARATIVO PUES......¿No emiten las grandes superficies sus tarjetas o medios de pago propias? ¿QUIERE DECIR ESTO QUE SE HA ABIERTO LA VEDA? ¿Que se pueden invadir campos ajenos en aras de una posible ampliación de negocio?
Y..... ¿LOS DAÑOS COLATERALES PRODUCIDOS....?
Me voy a fijar en primer lugar en los consumidores, recuerdo un spot publicitario por el que una señora pregunta, que “llevaba”, y el vendedor le contestaba “dos pescadillas, medio kilo de “rape” y EL ANTIBIOTICO PARA SU RESFRIADO POR CUENTA DE LA CASA (los términos pueden variar pero el desenlace es el mismo). Obtenía la conclusión de que solo el profesional cualificado podía responder del producto que aconsejaba, si era vendedor de pescado la calidad de su producto,.... y no porque había tenido la experiencia de resultados positivos aconsejar un antibiótico sin conocer las necesidades reales de la cliente, y viceversa ¡por supuesto!. Quisiera insinuar que un servicio pos-venta profesional da siempre la seguridad de la mejor elección.
La novedad de su implantación hace que algunos consumidores piensen en la arrogancia de ciertos comercios que tienen en sus vitrinas o en su parte exterior el cartel de “COMERCIO EXCELENTE DE LA COMUNIDAD VALENCIANA” sin saber que estos establecimientos han tenido que pasar unos controles muy fuertes para poder acceder al galardón, pero que al final les ofrecen el máximo aval de garantías, esperamos que poco a poco se vayan conociendo.
Para las entidades que venden productos comerciales no siendo de su incumbencia, me permito referirme al ejemplo citado anteriormente, y al igual que los productos de los que son verdaderos profesionales les ponen remedio instantáneo porque conocen sus soluciones, habría que ver “el mal trago que se pasa” cuando se presenta una reclamación pos venta y no se sabe como solucionarla “teniendo que morir” al final en ceder a un profesional cualificado la solución del problema. Parafraseando una cita “DAD AL CESAR LO QUE ES DEL CESAR Y.... AL COMERCIO LO QUE ES DEL COMERCIO”
Para terminar voy a referirme al comerciante de ciudad, ese gran sufridor, que ha visto como se han interpuesto en su camino trabas para su desarrollo, en la mente de todos están la implantación (a veces excesiva) de grandes superficies, otras formas de venta por mailing o como las citadas anteriormente, pero.... en su fortaleza resiste los embates, para ello cada vez tenemos una especialización de productos más acreditada, una atención directa al cliente que hace que este lo reconozca, y un servicio pos venta que acredita su fidelización. Todo ello ingredientes necesarios para obtener ese SELLO DE CALIDAD que garantiza la supervivencia.
Al cerrar el artículo me gustaría que imperase el sentido común, que se reflexionase sobre los temas, que no es mi intención que nadie se sienta aludido ni ofendido, sino que reine la cordura y no haya distensiones entre EL COMERCIO Y OTROS ENTES .
POR ESO DE .... LOS DAÑOS COLATERALES QUE SE PUEDEN PRODUCIR.
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TRAEMOS AQUÍ UNA INFORMACIÓN QUE CONSIDERAMOS INTERESANTE PARA AQUELLOS QUE TIENEN ALQUILERES DE LOCALES COMERCIALES Y ESTANDO EN RÉGIMEN DE MÓDULOS EMITEN FACTURAS
NOVEDADES FISCALES PARA EL EJERCICIO
LAS RETENCIONES CORRESPONDIENTES AL ALQUILER DE BIENES INMUEBLES Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES (maquinaria) PASA A SER, A PARTIR DEL 1 ENERO, DEL 18 %
LOS EMPRESARIOS SUJETOS AL RÉGIMEN DE MÓDULOS ESTÁN OBLIGADOS A PRACTICAR UNA RETENCIÓN DEL 1% EN LAS FACTURAS QUE REALICEN A OTROS EMPRESARIOS O PROFESIONALES, QUIENES DEBERÁN INGRESAR ESTA RETENCIÓN EN SUS DECLARACIONES TRIMESTRALES (Modelo 110) A LA AGENCIA TRIBUTARIA
ROGAMOS SE PRESTE ATENCIÓN AL ARTÍCULO SIGUIENTE DE LA LEY QUE HACE REFERENCIA AL 2º PUNTO ANTERIOR Y POR EL QUE LOS EPÍGRAFES "NO REFERENCIADOS" ESTÁN EXENTOS DE HACER LA RETENCIÓN.
REAL DECRETO 43/2007, DE 30 DE MARZO, POR EL QUE SE
APRUEBA EL
REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.
ARTICULO 95
APARTADO 6.
1.º Cuando los rendimientos sean contraprestación de una de las actividades
económicas previstas en el número 2.º de este apartado y se determine el
rendimiento neto de la misma con arreglo al método de estimación objetiva,
se aplicará el tipo de retención del 1 por ciento sobre los ingresos
íntegros satisfechos.
2.º Lo dispuesto en este apartado resultará de aplicación respecto de las
actividades económicas clasificadas en los siguientes grupos y epígrafes de
la Sección Primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas:
I.A.E. Actividad económica
314 y 315
316.2, 3, 4 y 9
453
453
463
468
474.1
501.3
504.1
504.2 y 3
504.4, 5, 6, 7 y 8
505.1, 2, 3 y 4
505.5
505.6
505.7
722
757 Carpintería metálica y fabricación de estructuras metálicas y
calderería.
Fabricación de artículos de ferretería, cerrajería, tornillería, derivados
del alambre, menaje y otros artículos en metales N.C.O.P.
Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos, excepto cuando
su ejecución se efectúe mayoritariamente por encargo a terceros.
Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos ejecutada
directamente por la propia empresa, cuando se realice exclusivamente para
terceros y por encargo.
Fabricación en serie de piezas de carpintería, parqué y estructuras de
madera para la construcción.
Industria del mueble de madera.
Impresión de textos o imágenes.
Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general.
Instalaciones y montajes (excepto fontanería, frío, calor y
acondicionamiento de aire)
.
Instalaciones de fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire.
Instalación de pararrayos y similares. Montaje e instalación de cocinas de
todo tipo y clase, con todos sus accesorios. Montaje e instalación de
aparatos elevadores de cualquier clase y tipo. Instalaciones telefónicas,
telegráficas, telegráficas sin hilos y de televisión, en edificios y
construcciones de cualquier clase. Montajes metálicos e instalaciones
industriales completas, sin vender ni aportar la maquinaria ni los elementos
objeto de instalación o montaje.
Revestimientos, solados y pavimentos y colocación de aislamientos.
Carpintería y cerrajería. Pintura de cualquier tipo y clase y revestimientos
con papel, tejido o plásticos y terminación y decoración de edificios y
locales.
Trabajos en yeso y escayola y decoración de edificios y locales.
Transporte de mercancías por carretera.
Servicios de mudanzas.
3.º No procederá la práctica de la retención prevista en este apartado
cuando, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 10 del artículo 99 de la
Ley del Impuesto, el contribuyente que ejerza la actividad económica
comunique al pagador que determina el rendimiento neto de la misma con
arreglo al método de estimación directa, en cualquiera de sus modalidades.
En dichas comunicaciones se hará constar los siguientes datos:
a) Nombre, apellidos, domicilio fiscal y número de identificación fiscal del
comunicante. En el caso de que la actividad económica se desarrolle a través
de una entidad en régimen de atribución de rentas deberá comunicar, además,
la razón social o denominación y el número de identificación fiscal de la
entidad, así como su condición de representante de la misma.
b) Actividad económica que desarrolla de las previstas en el número 2.º
anterior, con indicación del epígrafe del Impuesto sobre Actividades
Económicas.
c) Que determina el rendimiento neto de dicha actividad con arreglo al
método de estimación directa en cualquiera de sus modalidades.
d) Fecha y firma del comunicante.
e) Identificación de la persona o entidad destinataria de dicha
comunicación.
Cuando con posterioridad el contribuyente volviera a determinar los
rendimientos de dicha actividad con arreglo al método de estimación
objetiva, deberá comunicar al pagador tal circunstancia, junto con los datos
previstos en las letras a), b), d) y e) anteriores, antes del nacimiento de
la obligación de retener.
En todo caso, el pagador quedará obligado a conservar las comunicaciones de
datos debidamente firmadas.
4.º El incumplimiento de la obligación de comunicar correctamente los datos
previstos en el número 3.º anterior tendrá las consecuencias tributarias
derivadas de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley del Impuesto
.
5.º Cuando la renuncia al método de estimación objetiva se produzca en la
forma prevista en el artículo 33.1 b) de este Reglamento o en el tercer
párrafo del artículo 33.2 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor
Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, se
entenderá que el contribuyente determina el rendimiento neto de su actividad
económica con arreglo al método de estimación directa a partir de la fecha
en la que se presente el correspondiente pago fraccionado por este Impuesto
o la declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido.
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