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Traemos aquí el Calendario Laboral del 2010

* Legislación

*General

*Por Bimestres

* Fiestas Laborales

*Fiestas permitida la apertura

    HEMOS RECIBIDO EL DIARIO OFICIAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Nº 6140 DE 9/11/2009 POR LO QUE EN SUS PÁGINAS  40396 Y 40397 SE PUBLICA EL DECRETO 201/2009 POR EL QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2010.

    SI SE TIENE INTERÉS O CURIOSIDAD POR SABER EL TEXTO ÍNTEGRO Y LAS FIESTAS O DESCARGARLO PINCHAR AQUÍ

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 CALENDARIO LABORAL

DEL AÑO 2010 (GENERAL DE TODAS LAS AUTONOMÍAS)

PARA LEER O DESCARGAR PULSE AQUÍ

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    NOTA  IMPORTANTE-. SE HA CONSTRUIDO EL CALENDARIO CON ARREGLO A LOS DATOS QUE SE CONOCEN .

EL TEMA REFERENTE A "RECOGIDA DE BASURAS" SE NOS COMUNICA QUE ESTE AÑO NO SE VA A EMITIR CALENDARIO . QUE COMO NORMA GENERAL LOS SÁBADOS Y VÍSPERAS DE FESTIVOS NO HAY RECOGIDA DE BASURA POR LO QUE SE HA CONFECCIONADO EL CALENDARIO AJUSTÁNDOSE A LO QUE SABEMOS .

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    TIENDAS DE CONVENIENCIA

 

Días de    apertura semanales

Horarios

Domingos y festivos abiertos

Cierres obligatorios

Apertura restringida

Establecimientos comerciales en general (horario comercial general)

 

De lunes a sábados

Horario global de 90 horas semanales

4 de abril

4 de julio

10 de octubre

5 de diciembre

12 de diciembre

19 de diciembre

2 y 9 de enero 2011

Demarcación CC Alcoi, Orihuela y Valencia: 26 de diciembre

Demarcación CC Alicante y Castellón: 2 de mayo

El resto de los domingos y festivos

Domingos y festivos habilitados 12 horas

Pastelería, repostería, pan, platos preparados

Sin limitación

Sin limitaciones

Todos

Sin limitación

Sin limitación

Prensa, flores y plantas

Sin limitación

Sin limitación

Todos

Sin limitación

Sin limitación

Combustibles  y carburantes

Sin limitación

Sin limitación

Todos

Sin limitación

Sin limitación

Tiendas de conveniencia

Sin limitación

Sin limitación

Todos

Sin limitación

Sin limitación

Establecimientos situados en estaciones,  medios de transporte terrestres, marítimo y aéreo

Sin limitación

Sin limitación

Todos

Sin limitación

Sin limitación

Establecimientos en municipios declarados zonas de gran afluencia turística

De lunes a sábados

Horario global de 90 horas semanales

4 de abril

4 de julio

10 de octubre

5 de diciembre

12 de diciembre

19 de diciembre

2 y 9 de enero 2011

Demarcación CC Alcoi, Orihuela y Valencia: 26 de diciembre

Demarcación CC Alicante y Castellón: 2 de mayo

El resto de los domingos y festivos a excepción de los siguientes periodos:

-Entre domingo de Ramos y lunes siguiente al de Pascua

-Entre el 1 de julio y el 30 de septiembre

Domingos y festivos habilitados 12 horas

 

 

 

 

 

 Sin límitación

Productos culturales

Sin limitación

Horario global de 90 horas semanales

Todos

Sin limitación

Domingos y festivos habilitados 12 horas

Establecimientos de menos de 150 m2 de superficie de venta, con las excepciones  señaladas* (1)

Sin limitación

Sin limitación

Todos

Sin limitación

Sin limitación

*(1)excluidos los pertenecientes a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pymes o que operen bajo el mismo nombre comercial que dichos grupos o empresas. Municipios con horario especial: Sometidos al  horario comercial general, con las modificaciones autorizadas.

ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

 

 

TIENDAS DE CONVENIENCIA: Aquellas con una superficie útil para la exposición y venta al público no superior a 500m2 abiertos al público al menos 18 horas al día y que distribuyan su oferta de forma similar, entre periódicos y revistas, artículos de alimentación, discos, videos y, juguetes, regalos y artículos varios. La distribución entre las distintas gamas de artículos debe llevarse a cabo de forma similar entre sí, sin exclusión de ninguna de ellas y sin que predomine netamente sobre las demás.

 

PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYMES): Empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.

 

GRUPOS DE DISTRIBUCIÓN: Son grupos de sociedades (empresas) que inciden en la distribución comercial minorista. Existe un grupo cuando una sociedad ostente o pueda ostentar, directa o indirectamente, el control de otras u otras (art. 42 C. Comercio).

 

ESTABLECIMIENTOS EN MUNICIPIOS DECLARADOS ZONAS DE GRAN AFLUENCIA TURÍSTICA: Se entiende por municipios de gran afluencia turística los que en atención a su especial actividad turística, hayan obtenido tal declaración mediante resolución de la Dirección General de Comercio. Hasta la fecha son los siguientes:

-         Alfaz del Pí

-         Altea

-         Zonas de playas y franja marítima de Alicante

-         Benidorm

-         Benissa

-         Calpe

-         El Campello

-         Dénia

-         Zonas de el Altet, La Marina y Los Arenales de Elche

-         Finestrat

-         Guardamar del Segura

-         Javea

-         Ondara

-         Zona Costera de Orihuela

-         Pilar de la Horadada

-         Els Poblets

-         Rojales

-         San Fulgencio

-         Santa Pola

-         Torrevieja

-         El Verger

-         Villajoyosa

-          

 

DOMINGOS Y FESTIVOS APERTURABLES 2010/2011

SE HA PUBLICADO LA ORDEN QUE LO REGULA LA PODÉIS CONSULTAR O DESCARGAR PINCHANDO AQUI

Os informamos para vuestro conocimiento y difusión entre vuestros asociados que el Pleno del Observatorio del Comercio, reunido esta mañana, ha acordado el siguiente calendario para la habilitación de la práctica comercial de todo el comercio, independientemente de su tamaño, en todo el territorio de la comunidad valenciana.

El calendario de los nueve festivos en el que los comercios valencianos podrán abrir sus establecimientos durante el ejercicio comercial que comprende hasta el 31 enero de 2011 es el siguiente:

4 de abril (domingo de Pascua)

4 de julio (primer domingo de las rebajas de verano)

10 de octubre (puente del Pilar)

5, 12 y 19 de diciembre (campaña de Navidad)

2 y 9 de enero (campaña de Reyes y primer domingo de las rebajas de invierno).

- Noveno festivo hábil de la provincia de Alicante: 2 de mayo, excepto las localidades de Alcoy y Orihuela que será el 26 de diciembre.

Como ya sabéis, todos aquellos establecimientos de menos de 150 m2 de superficie de venta y que no pertenezcan a grupos de compra, franquicias o cadenas sucursalistas, tienen plena libertad de horarios con un máximo de 90 h. semanales, esto es, pueden abrir cuando lo estimen oportuno.

Asimismo, aquellos municipios catalogados como zonas de gran afluencia turística podrán también abrir sus establecimientos en el período estival (verano) y Semana Santa (desde el Domingo de Ramos hasta el 2º lunes de Pascua).

 

MODIFICADO Y COLOCADO EN EL CALENDARIO LABORAL QUE SIGUE

 

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TEMA APERTURA DE FESTIVOS

SE TIENE QUE TENER MUY EN CUENTA EL TEMA COMERCIAL Y EL TEMA LABORAL, AMBOS SON DIFERENTES YA QUE EL PRIMERO ESTABLECE LOS TÉRMINOS DEL COMERCIO Y EL SEGUNDO LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

El Real Decreto Ley de 21 de Diciembre de 2004 LEY 1/2004 establece  en su artículo 5º párrafo 2º que todos aquellos establecimientos comerciales que no superen los 300 metros cuadrados, y que no pertenezcan a grupos de distribución u operen bajo el mismo nombre (FRANQUICIAS) tienen libertad total de abrir todos los días del año

LA LEY DE ACOMPAÑAMIENTO DE DICIEMBRE DE 2008 MODIFICA LA SUPERFICIE DE LOS 300 METROS ANTES SEÑALADOS A 150 METROS DE SUPERFICIE EXPOSICIÓN PARA VENTA.

EL ARTÍCULO 5º -4. DE LA LEY 6/2005 DE 18 DE OCTUBRE DE LA GENERALITAT VALENCIANA QUE MODIFICA LA LEY ANTERIOR SOBRE HORARIOS COMERCIALES  VIENE A RATIFICAR EL PÁRRAFO ANTERIORMENTE DICHOS (VER TEXTO ADJUNTO)

¡ Si estás encuadrado en el nivel que puedes abrir cuando quieras te aconsejamos que los festivos que selecciones los des a conocer al público !

¡ Si por el contrario estas fuera del grupo que tiene libertad de apertura, sabes te tienes que ceñir a los días preestablecidos !

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TEMA HORARIOS COMERCIALES DE APERTURA Y CIERRE

La libertad de los HORARIOS COMERCIALES DE APERTURA Y CIERRE, no excluye la obligatoriedad de tenerlos expuestos a la vista del público, y aunque nos gustaría que hubiese uniformidad  respetamos la libertad y conveniencia del comerciante.

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